Financiamientos Pequeños Agricultores:
El Banco Popular de Ahorro ofrece financiamientos bancarios a los Pequeños Agricultores, ya sean propietarios o usufructuarios de tierras, para el desarrollo de sus producciones agropecuarias, estos se diferencian en:
Financiamiento de Producción o Capital de Trabajo: Destinados a financiar los gastos de producción de los cultivos temporales o de ciclo corto, las atenciones culturales a plantaciones permanentes y la adquisición de ganado para ceba, entre otros. En todos los casos la vida productiva de las producciones agropecuarias incluidas en este segmento es de 18 meses o menos.
Financiamiento de Inversión: Se otorgan para financiar el fomento, renovación, rehabilitación de cultivos permanentes y las atenciones del 1er año en aquellos cultivos permanentes cuya primera producción comercializable demora más de 18 meses en obtenerse. También se incluye la adquisición de ganado menor y vacuno para pie de cría, de animales de trabajo; así como la adquisición de medios de trabajo e insumos en la Red de Tiendas de Comercio Interior.
Las producciones que se pretendan financiar deberán estar aseguradas y las solicitudes de financiamientos deben ser presentadas a la sucursal bancaria con antelación al inicio de cada campaña del cultivo de que se trate. En el caso de campañas de primavera o frío también deben presentarse con antelación al inicio de las
mismas. Las sucursales bancarias tomarán las medidas necesarias que permitan resolver las solicitudes en el menor tiempo posible, el que no
deberá exceder los 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la misma.
Para acceder al financiamiento bancario será una condición que el solicitante no presente atrasos en el cumplimiento de las deudas que tenga con cualquier Institución Bancaria, ni la CCS a la que se asocia, de ser el caso.
De aprobarse el financiamiento solicitado se exigirá tener una cuenta corriente, como requisito para que le sea otorgado el mismo.
La documentación a presentar para la solicitud del financiamiento será la siguiente:
- Modelo de solicitud firmada por el interesado.
- Documento de Identidad.
- Resolución emitida por el Delegado Municipal de la Agricultura donde conste la entrega de tierra en usufructo, para el caso de los usufructuarios.
- Certificación emitida por la Oficina de Control de la Tierra, mediante la cual se acredite la tenencia legal de la tierra.
- Convenio sobre las relaciones y obligaciones entre el usufructuario y el delegado Municipal de la Agricultura, para el caso de los usufructuarios.
- Documento donde se acredite la CCSF a la que se incorpora, para el caso de los usufructuarios.
- Documento emitido por el CENCOP, donde conste la cantidad de ganado que posee el solicitante, especificados por categoría, para los productores de ganado.
Las tasas de interés aplicables a estos financiamientos son las vigentes por el Banco Central de Cuba y varían en dependencia del tiempo de vigencia del financiamiento, como se muestra a continuación:
Plazos
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Tasas de interés anual
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3 meses
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De 2,5 a 3,5%
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6 meses
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De 3.0 a 4.0%
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12 meses
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De 4.5 a 5,5%
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24 meses
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De 5,5 a 7,5%
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36 meses
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De 6,5 a 8,5%
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60 meses
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De 7.0 a 9.0%
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El cliente debe ofrecer a nuestra institución bancaria garantías que respalden la solicitud de financiamiento realizada, las que se utilizarán como fuente alternativa de pago, en caso de que el deudor se vea imposibilitado de asumir la obligación contraída. Estas garantías se encuentran previstas en la legislación vigente, entre las que se encuentran, para las solicitudes de financiamientos hasta $ 20 000.00:
- Cesión de ingresos futuros
- Seguro Agropecuario establecido por la ESEN
Los financiamientos superiores a $ 20 000.00 deberán contar con garantías complementarias de las previstas en la legislación vigente, que cubran el 50% del importe que supere los $ 20 000.00, por ejemplo:
- Los fiadores solidarios deben contar con una capacidad de pago suficiente para que de conjunto respalde el importe que supere el 50% del financiamiento solicitado por encima de los $ 20 000.00.
- De igual forma los saldos en cuentas de ahorro (de las diferentes modalidades) en su conjunto respaldarán el 50% del importe que supere los $ 20 000.00.
- En los casos en que el agricultor opere cuenta corriente (genera ingresos superiores a $ 25 000.00) se considerará como garantía un saldo mínimo en la cuenta corriente equivalente al 30% del monto por encima de los $ 20 000.00.
También puede ofrecerse como garantía para los financiamientos, la Prenda sobre los bienes agropecuarios siguientes:
- Ganado mayor
- Tractores y Cosechadoras Autopropulsadas
Para estos casos el banco exigirá la titularidad del bien, expedida por el Registro del Control Pecuario (CENCOP) y el Registro de tractores y cosechadoras autopropulsadas (CNCT), en la que conste el valor del bien expresado en dinero, que puede comprender el valor oficial o el precio del mercado.